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Revista Médica > Blog > Gubernamental > Tribunal ordena a ANDECLIP abstenerse de suspender los servicios de salud a los afiliados, a solicitud de la DIDA
Gubernamental

Tribunal ordena a ANDECLIP abstenerse de suspender los servicios de salud a los afiliados, a solicitud de la DIDA

Revista Medica
Última actualización: 13 julio, 2026 11:56 am
Por Revista Medica
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Santo Domingo.– La atención en salud de más de un millón de afiliados de ARS Primera y ARS Futuro quedó garantizada luego de que el Tribunal Superior Administrativo (TSA) acogiera la medida precautoria solicitada por la Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA) y ordenara a la Asociación Nacional de Clínicas Privadas (ANDECLIP) abstenerse de suspender los servicios de salud, mientras se conoce el fondo de la acción de amparo colectivo.

La decisión fue tomada mediante audiencia virtual este lunes a las 9:00am y adoptada al amparo del artículo 86 de la Ley núm. 137-11, al considerar que existe un riesgo o una posible amenaza al derecho fundamental a la salud de los afiliados. Con esta medida, se impide que entre en vigor la suspensión de servicios anunciada para el 14 de julio.

El tribunal acogió el planteamiento central de la DIDA, según el cual ningún conflicto económico entre actores del Sistema Dominicano de Seguridad Social puede traducirse en la interrupción de los servicios que reciben los afiliados, quienes son terceros ajenos a esa controversia. El Ministerio Público, representado en la audiencia, respaldó la solicitud presentada por la institución.

La DIDA reiteró su llamado a ANDECLIP y a las administradoras de riesgos de salud a mantenerse en la mesa de diálogo que coordina el Consejo Nacional de Seguridad Social. La institución reconoció que el reclamo tarifario de las clínicas es legítimo y merece ser atendido, pero subrayó que debe resolverse por las vías institucionales, sin trasladar sus consecuencias a los afiliados.

El director general de la DIDA, licenciado Elías Báez, valoró la decisión como una garantía para las familias dominicanas.

«Lo que se ha protegido hoy no es a una institución, sino el derecho de más de un millón de personas a no ver interrumpida su atención en salud. Reiteramos nuestro llamado al diálogo: el camino para resolver las diferencias tarifarias son los mecanismos que la ley establece, no la interrupción de los servicios», expresó.

El Tribunal Superior Administrativo fijó la continuación de la audiencia para el miércoles 15 de julio de 2026. La DIDA informó que dará seguimiento al proceso y que continuará acompañando a los afiliados durante el curso de la acción.

Finalmente, la institución exhortó a los afiliados que enfrenten una negativa de servicios a comunicarse de inmediato con la DIDA. El Call Center permanece disponible las 24 horas del día, los siete días de la semana, a través del 809-472-1900, donde pueden reportar incidencias y recibir orientación, asistencia y acompañamiento.

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