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Revista Médica > Blog > Salud en perspectiva > La emergencia no puede esperar por un depósito: ¿qué dice la ley?
Salud en perspectiva

La emergencia no puede esperar por un depósito: ¿qué dice la ley?

Revista Medica
Última actualización: 29 octubre, 2026 10:06 pm
Por Revista Medica
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Cuando una madre busca atención médica para su hija, su prioridad es saber qué le ocurre y qué necesita para recuperarse, no tener que resolver primero una dificultad económica, por eso, la denuncia de la periodista Pamela Rojas, quien afirmó que le solicitaron un depósito de RD$15,000 para ingresar a su hija de siete años en un centro privado, merece una mirada que vaya más allá de la polémica en redes sociales.

Según las informaciones difundidas, la menor presentaba fiebre alta y un fuerte dolor de cabeza, el caso reabre una discusión importante para el sistema sanitario dominicano: ¿puede un establecimiento exigir un depósito anticipado cuando un paciente necesita atención de emergencia?

Tras conocerse la noticia, algunos comentarios cuestionaron que la madre acudiera a un centro privado si no podía pagar. Sin embargo, esa reacción desvía la atención del asunto central; tener o no dinero disponible no debería ser el criterio para juzgar a una familia que busca asistencia médica; además, acudir a un establecimiento privado no lo exime de cumplir las normas que regulan la atención de sus pacientes.

La Ley General de Salud  42-01 reconoce el derecho a recibir atención médica adecuada y oportuna, incluida la atención de emergencia. Por su parte, la Resolución  00156-2008 de la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL) establece restricciones a la exigencia de depósitos anticipados a los afiliados en las condiciones contempladas por la normativa. Esto no significa que todo cobro médico sea ilegal, sino que existen reglas específicas que deben respetarse, particularmente cuando está en juego la atención de una emergencia.

En medio de estas situaciones, muchas familias desconocen las disposiciones que las protegen o no saben a qué institución acudir, y es que cuando la salud de un hijo está en juego, difícilmente la prioridad será buscar una resolución, llamar a la aseguradora o iniciar un procedimiento administrativo. Por eso, los mecanismos de orientación y defensa deben ser accesibles y efectivos, sin que las personas tengan que hacer pública su situación para conseguir respuestas.

El valor de defender a los afiliados

En este contexto, merece reconocimiento la labor de la Dirección de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA), encabezada por Elías Báez, en la orientación y defensa de los ciudadanos, su intervención en casos relacionados con cobros indebidos y exigencias de depósitos ha contribuido a que más personas conozcan sus opciones y sepan dónde buscar apoyo. Es un trabajo que vale la pena destacar, especialmente en un sistema donde todavía existe desconocimiento sobre los procedimientos para reclamar.

Este reconocimiento debe ir acompañado de una expectativa legítima: que la defensa de los afiliados se mantenga como una prioridad y que las instituciones competentes actúen oportunamente. Mientras la DIDA orienta y acompaña a los ciudadanos, SISALRIL tiene responsabilidades de supervisión que debe ejercer dentro de sus atribuciones, adoptando las medidas correspondientes cuando se comprueben incumplimientos.

El país también ha conocido otros casos relacionados con exigencias económicas durante la atención médica, algunos con desenlaces fatales. Cada situación tiene sus particularidades y no sería responsable atribuir una muerte a un cobro sin pruebas que establezcan esa relación. Sin embargo, estos antecedentes recuerdan la importancia de contar con mecanismos de protección que funcionen a tiempo y de que los centros sanitarios cumplan las obligaciones que les corresponden.

Más allá de este episodio, la reflexión es sencilla: una familia que busca ayuda médica no debería enfrentarse, además de la preocupación por la salud de un ser querido, a la incertidumbre de no saber si podrá reunir el dinero que le solicitan. Los servicios sanitarios tienen costos y procedimientos, pero estos deben ajustarse a la normativa vigente y no convertirse en barreras indebidas para recibir atención.

Porque detrás de cada caso hay personas que necesitan respuestas, y la calidad de un sistema de salud también se mide por la manera en que responde cuando una familia atraviesa uno de sus momentos más difíciles.

Por: Cristina Piantini Suardi

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